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  • La nueva normativa permite vuelos nocturnos y en ciudad, aunque sujetos al visto bueno de AESA.

Legislación de drones en España 2018: En la mañana del 15 de Diciembre de 2017, el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, ha comunicado que se ha aprobado el nuevo Real Decreto que regulará el uso profesional de drones en España. El día 29/12/2017 se publicaba oficialmente en el Boletín Oficial de Estado (BOE) el nuevo Real Decreto, el cual puede verse al completo aquí.

Desde un punto de vista legal, ¿qué se puede y qué no se debe hacer con un dron? El equipo de Planet Drone quiere despejar algunas dudas sobre el marco normativo en el que se mueve el sector de los UAVs en España y cuál es su posible evolución. Ante todo, nuestro punto de vista es optimista: ya es posible establecer gran cantidad de negocios dentro de la normativa actual, y prueba de ello es un sector cada vez más activo. En todo caso, existe cierta cautela sobre cómo se espera que evolucione y cuáles son los plazos en los que la nueva normativa, más permisiva, estará disponible.

¿Cuál es la normativa sobre drones que aplica en la actualidad?

El año 2017 ha estado lleno de expectación (y rumores) sobre la aprobación de la nueva ley que regulará el uso de los RPAs en nuestro país. La realidad es que, a día de hoy, sigue vigente la normativa que entró en vigor el 15 de Octubre de 2014, Ley 18/2014 (artículos 50 y 51). Fuera de toda duda e interpretación es la normativa que aplica al uso de drones.

¿Necesito sacarme la licencia de piloto de dron?

La ley 18/2014 solamente obliga a sacarse la licencia de piloto a las personas que vayan a desempeñar una actividad profesional con drones. Estas personas tendrán que acreditar unos conocimiento teóricos y prácticos, además de acreditar un certificado médico de clase LAPL. Existen multitud de academias y centros de formación que expiden estos títulos, pero una ATO certificada por AESA es la que en última instancia lo valida.

¿Qué precauciones debo de tomar a la hora de volar mi dron?

La normativa vigente establece varias normas, ya sea para vuelos profesionales o vuelos lúdicos. Estas normas no son interpretables y son de obligatorio cumplimiento.

  •    La aeronave debe de estar dentro del alcance visual del piloto (sin exceder los 500 metros de distancia).
  •    No se podrá sobrepasar los 120 metros de altura.
  •    Los vuelos deben de realizarse de día y en buenas condiciones meteorológicas. Los vuelos nocturnos no están   permitidos.
  • No se permite sobrevolar zonas pobladas ni aglomeraciones de personas. Esto supone que no es posible volar sobre pueblos, ciudades, campings, estadios deportivos abiertos, carreras…
  • Solamente se permite volar en espacio aéreo no controlado, quedando prohibido volar en espacio aéreo controlado. Por ejemplo, las zonas utilizadas por el tráfico aéreo de pasajeros, las zonas protegidas o instalaciones sensibles quedan fuera de las zonas en las que se puede volar legalmente un UAV. Más información aquí.

Legislación de drones en España 2018

A principios de 2017, la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA), hacía unas declaraciones en donde aseguraba que en el primer trimestre del año tendríamos un nuevo marco regulatorio. Lamentablemente no ha sido así, pero ¿qué cambios introduciría esta nueva ley con respecto a la normativa vigente?

Sobrevolar zonas pobladas

Ésta es una de las medidas más esperadas por el sector. Se podrán realizar vuelos sobre aglomeraciones, edificios y reuniones de personal al aire libre siempre y cuando la masa máxima al despegue de la aeronave no sobrepase los 10kg, mantengamos la aeronave dentro del alcance visual del piloto (VLOS) y no sobrepasemos los 120 metros de altura ni los 100 metros en horizontal con la posición del piloto.

Vuelos nocturnos

Con la actual ley 18/2014 no se permite realizar vuelos nocturnos con RPAs. Los vuelos nocturnos están recogidos en el borrador de la nueva ley y parece que van a ser permitidos siempre y cuando tengamos la autorización de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Esto supone además que es necesario contar con un estudio de seguridad.

Vuelos en espacio aéreo controlado

Por el momento solamente está permitido volar en zonas de espacio aéreo no controlado. Con la nueva ley se podrá volar en espacio aéreo controlado siempre y cuando presentemos los estudios de seguridad correspondiente y tengamos la autorización de AESA.

Operaciones EVLOS

Con la normativa vigente solamente podemos alejar nuestra aeronave a una distancia máxima de 500 metros en horizontal respecto a la posición del piloto. Con la nueva normativa estarán permitidos los vuelos dentro del alcance visual aumentado (EVLOS). Es decir, estos 500 metros pueden ser ampliados, siempre y cuando existan observadores intermedios coordinados entre si. En todo momento, al menos uno de ellos debe tener visión directa del vehículo. Existen otras muchas novedades que podéis encontrar en el borrador de la nueva ley. Como veis, son cambios significativos que van a permitir disfrutar de grandes oportunidades en múltiples campos. Si tenéis cualquier comentario, por favor, no dudéis en poneros en contacto con nosotros en info@aerial-insights.co.

 

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